Deducción por maternidad

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La deducción por maternidad es un beneficio fiscal del IRPF que puede alcanzar hasta 1.200 euros anuales por cada hijo, es decir, 100 euros por mes con derecho, y en determinados casos puede incrementarse con gastos de guardería o custodia. Pueden beneficiarse las personas que cumplan los requisitos previstos en la normativa, relacionados principalmente con el hijo, el derecho al mínimo por descendientes y determinadas situaciones de alta, cotización o desempleo. La deducción puede aplicarse en la declaración de la renta o cobrarse mediante abono anticipado. Su importe final varía según los meses en los que se cumplan las condiciones. A continuación se explican los requisitos, las cuantías, la solicitud y los principales casos especiales.

Resumen

  1. Qué es la deducción por maternidad y quién puede beneficiarse
  2. Requisitos para acceder a la deducción por maternidad
  3. Cuánto es la deducción por maternidad
  4. Cómo solicitar el abono anticipado de 100 euros al mes
  5. Cómo aplicar la deducción por maternidad en la declaración de la renta
  6. Incremento de la deducción por gastos de guardería o custodia
  7. Casos especiales que pueden afectar al derecho a la deducción
  8. Compatibilidad de la deducción por maternidad con el complemento de ayuda a la infancia del IMV

Qué es la deducción por maternidad y quién puede beneficiarse

La deducción por maternidad es un beneficio fiscal regulado en el artículo 81 de la Ley del IRPF que permite reducir la cuota diferencial del impuesto cuando se cumplen determinadas condiciones. No es una ayuda económica independiente vinculada al nacimiento, sino una deducción fiscal estatal aplicable en España.

En 2026, pueden tener derecho principalmente las mujeres con hijos menores de tres años que tengan derecho al mínimo por descendientes y se encuentren en alguna de estas situaciones:

percibir, en el momento del nacimiento, una prestación contributiva o asistencial por desempleo;

estar dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad en el momento del nacimiento;

darse de alta posteriormente y alcanzar al menos 30 días cotizados.

Desde el 1 de enero de 2023 ya no es obligatorio, con carácter general, estar trabajando por cuenta propia o ajena para acceder a la deducción. Por eso, la expresión “deducción para madres trabajadoras” puede resultar incompleta.

También pueden aplicar la deducción otros contribuyentes en determinados casos, como ambos progenitores cuando son del mismo sexo, o el padre o tutor cuando la madre ha fallecido o tiene atribuida en exclusiva la guarda y custodia del menor.

La deducción puede corresponder además en situaciones de adopción, acogimiento permanente o preadoptivo, delegación de guarda para convivencia preadoptiva y tutela, con reglas específicas sobre la duración del derecho.

Requisitos para acceder a la deducción por maternidad

Requisitos relacionados con la persona beneficiaria

En 2026, la persona beneficiaria debe tener derecho a aplicar el mínimo por descendientes respecto del hijo y encontrarse en alguna de las situaciones previstas por la normativa fiscal.

La madre debe cumplir al menos una de estas condiciones:

percibir, en el momento del nacimiento, una prestación contributiva o asistencial por desempleo;

estar dada de alta en la Seguridad Social o mutualidad en ese momento;

darse de alta después del nacimiento y alcanzar un mínimo de 30 días cotizados.

En este último supuesto también se tienen en cuenta los días cotizados antes del nacimiento, acogimiento o adopción, siempre que después se produzca el alta correspondiente.

Desde 2023 tampoco se exige mantener una actividad laboral durante todos los meses en los que se aplica la deducción, ni existe el antiguo límite que vinculaba el importe a las cotizaciones devengadas.

La normativa estatal no establece un límite máximo de ingresos de la madre para acceder a esta deducción. Sí exige que exista derecho al mínimo por descendientes respecto del hijo que la genera.

Requisitos relacionados con los hijos que dan derecho a la deducción

El hijo debe dar derecho al mínimo por descendientes del IRPF. En términos generales, debe convivir con el contribuyente o depender económicamente de él, no obtener rentas anuales superiores a 8.000 euros —sin contar las exentas— y no presentar declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.

Situación del hijo o menorPeríodo durante el que puede generar derecho
Hijo por naturalezaDesde el mes de nacimiento hasta el mes anterior a aquel en que cumpla tres años
Hijo adoptadoDurante los tres años siguientes a la inscripción de la adopción, con independencia de la edad
Acogimiento permanenteDurante los tres años siguientes a la inscripción o, si no procede, desde la resolución
Delegación de guarda para convivencia preadoptivaDurante los tres años siguientes a la inscripción o resolución correspondiente
TutelaHasta que el menor tutelado cumpla tres años

Si un menor en acogimiento permanente o bajo delegación de guarda es posteriormente adoptado, no se inicia un nuevo período completo de tres años: solo puede aplicarse durante el tiempo restante.

No generan derecho los nietos u otros descendientes distintos de los hijos, ni los acogimientos simples, de urgencia o temporales.

Cuánto es la deducción por maternidad

Importe de hasta 1.200 euros anuales por hijo

En 2026, la deducción es de 100 euros por cada mes con derecho, con un máximo general de 1.200 euros anuales por hijo.

ConceptoImporte en 2026
Deducción por cada mes con derecho100 € por hijo
Máximo general anual1.200 € por hijo
Incremento por alcanzar 30 días cotizados tras un alta posterior al nacimiento150 € adicionales
Máximo anual en ese supuesto1.350 € por hijo

El máximo de 1.200 euros corresponde a 12 meses completos. Si se tiene derecho durante menos meses, la cantidad se reduce proporcionalmente.

Cuando el derecho nace porque la persona se da de alta después del nacimiento y alcanza 30 días cotizados, el mes en que alcanza ese período mínimo genera 150 euros adicionales. Ese mes puede dar derecho a 250 euros y el máximo anual puede llegar a 1.350 euros por hijo.

Este incremento de 150 euros no debe confundirse con el incremento por gastos de guardería o centros de educación infantil.

Cómo se calcula la deducción mes a mes

La deducción se calcula según el número de meses del período impositivo en los que se cumplen las condiciones:

100 € × número de meses con derecho = importe anual.

El mes del nacimiento se computa completo si en ese momento se cumplen los requisitos. En cambio, no se incluye el mes en el que el hijo cumple tres años.

Cuando el derecho se genera por un alta posterior y se exige alcanzar 30 días cotizados, el primer mes computable es aquel en el que se alcanza ese mínimo. En ese mes se aplican los 100 euros ordinarios más los 150 euros adicionales.

El cálculo se realiza de forma independiente para cada hijo.

Cómo solicitar el abono anticipado de 100 euros al mes

Qué es el abono anticipado de la deducción por maternidad

En 2026, quienes tengan derecho a la deducción pueden solicitar su abono anticipado y recibir 100 euros al mes por cada hijo, sin esperar a presentar la declaración de la renta.

El abono anticipado no es una ayuda distinta: es una forma de recibir por adelantado la deducción por maternidad. Si ya se está cobrando por un hijo, no es necesario presentar una nueva solicitud mientras se sigan cumpliendo los requisitos.

El incremento por gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil no puede cobrarse anticipadamente; se aplica posteriormente en la declaración del IRPF.

Las variaciones que afecten al derecho o al cobro anticipado deben comunicarse a la Agencia Tributaria en un plazo de 15 días naturales. Si se han recibido importes superiores a los que finalmente corresponden, habrá que regularizarlos.

Cómo presentar el Modelo 140 ante la Agencia Tributaria

El abono anticipado se solicita mediante el Modelo 140, denominado “IRPF. Deducción por maternidad. Solicitud del abono anticipado y comunicación de variaciones”. En 2026 no existe un plazo anual cerrado: puede presentarse cuando se opte por cobrar la deducción anticipadamente.

Puede tramitarse electrónicamente en la Sede de la Agencia Tributaria con certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve. También puede realizarse por teléfono, con cita previa, o mediante las vías presenciales habilitadas.

La solicitud debe incluir los datos del solicitante y del hijo que genera el derecho, además del IBAN de una cuenta bancaria de la que sea titular. Debe presentarse una solicitud por cada menor.

Cuando varios contribuyentes tengan derecho al abono anticipado respecto del mismo descendiente y la deducción deba repartirse, cada uno debe presentar su propia solicitud.

Como regla general, no es necesario aportar documentación justificativa al iniciar el trámite, aunque la Agencia Tributaria puede solicitarla para comprobar el cumplimiento de los requisitos.

Cómo aplicar la deducción por maternidad en la declaración de la renta

Cómo se aplica la deducción en el IRPF

En 2026, la campaña de la renta corresponde al ejercicio fiscal 2025. La deducción por maternidad se aplica directamente sobre la cuota diferencial del IRPF, por lo que puede reducir la cantidad a pagar o aumentar una devolución.

En Renta WEB, la Agencia Tributaria incorpora generalmente los datos disponibles, pero el contribuyente debe comprobar que la información personal y familiar es correcta, especialmente los datos del hijo y los meses con derecho.

En la declaración del ejercicio 2025 presentada en 2026, el importe de la deducción por maternidad figura en la casilla 0611, dentro del apartado de deducciones familiares.

Renta WEB calcula el importe aplicable a partir de los datos declarados. La deducción generada durante 2026 corresponderá al período impositivo 2026 y se reflejará en la declaración de ese ejercicio, que se presentará al año siguiente.

Qué ocurre si ya has recibido el abono anticipado

Si se han recibido cantidades mediante el abono anticipado, deben tenerse en cuenta en la declaración. No se puede percibir dos veces el mismo importe, ya que esos pagos forman parte de la propia deducción.

En la Renta 2025 presentada en 2026, las cantidades cobradas anticipadamente deben figurar en la casilla 0612.

SituaciónAplicación en la declaración
El abono anticipado coincide con la deducción totalNo queda importe ordinario adicional por aplicar
El abono anticipado es inferior a la deducción totalSe aplica en la declaración la diferencia pendiente
El abono anticipado es superior a la deducción totalDebe regularizarse el exceso

Si existe una diferencia entre lo cobrado anticipadamente y la deducción definitiva, debe regularizarse en la declaración. Cuando el exceso no sea imputable al contribuyente, no se exigen intereses de demora.

Las personas no obligadas a presentar declaración también deben regularizar las diferencias siguiendo el procedimiento establecido por la Agencia Tributaria.

 

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Incremento de la deducción por gastos de guardería o custodia

Cuándo se puede aplicar el incremento

En 2026, la deducción por maternidad puede incrementarse hasta en 1.000 euros adicionales por hijo cuando se hayan pagado gastos de custodia en una guardería o centro de educación infantil autorizado.

ConceptoLímite aplicable
Incremento máximo anual por hijo1.000 €
Incremento máximo por mes computable83,33 €
Límite adicionalGasto efectivo anual no subvencionado

Solo se tienen en cuenta los meses completos en los que concurren los requisitos. También pueden computarse meses contratados íntegramente aunque una parte sea no lectiva.

El incremento no puede superar el gasto efectivo anual no subvencionado. Para este límite se consideran tanto las cantidades pagadas por la persona con derecho a la deducción como las satisfechas por el otro progenitor, adoptante, tutor, guardador o acogedor.

En el año en el que el hijo cumple tres años, el incremento puede seguir aplicándose hasta el mes anterior a aquel en el que pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil, siempre que se mantengan las demás condiciones.

Las guarderías y centros autorizados comunican los datos a la Agencia Tributaria mediante el Modelo 233. Los padres o tutores no tienen que presentarlo.

Qué gastos de custodia pueden dar derecho al incremento

Se consideran gastos de custodia las cantidades satisfechas a guarderías o centros de educación infantil autorizados por:

preinscripción y matrícula;

asistencia en horario general;

asistencia en horario ampliado;

alimentación.

Los gastos deben corresponder a meses completos y no pueden tener la consideración de rendimientos del trabajo en especie exentos.

Solo se tiene en cuenta el gasto efectivo no subvencionado, por lo que las cantidades cubiertas mediante ayudas o subvenciones públicas quedan excluidas.

En 2026, los centros de educación infantil deben contar con autorización de la Administración educativa competente y las guarderías con la autorización exigida para desarrollar legalmente su actividad de custodia de menores.

Casos especiales que pueden afectar al derecho a la deducción

Deducción por maternidad si no estás trabajando

En 2026, no estar trabajando no excluye automáticamente el derecho a la deducción. Puede existir derecho si, en el momento del nacimiento, se percibe una prestación contributiva o asistencial por desempleo.

También puede generarse cuando la madre esté dada de alta en la Seguridad Social o mutualidad en el momento del nacimiento o se dé de alta posteriormente y alcance 30 días cotizados.

Estar inscrita únicamente como demandante de empleo no equivale a percibir una prestación por desempleo y, por sí solo, no genera el derecho por esta vía.

Esta deducción debe diferenciarse de otras prestaciones sociales. Los requisitos del Ingreso Mínimo Vital no determinan el acceso a la deducción por maternidad, y solicitar el Ingreso Mínimo Vital constituye un procedimiento independiente. El Ingreso Mínimo Vital y la deducción por maternidad tienen requisitos propios.

Derecho de otros progenitores, padres o tutores

En determinados casos, otras personas pueden aplicar la deducción.

Ambos progenitores pueden tener derecho cuando son del mismo sexo y cumplen las condiciones establecidas.

El padre o tutor puede aplicar la deducción pendiente cuando la madre haya fallecido o cuando tenga atribuida en exclusiva la guarda y custodia del menor, siempre que cumpla los requisitos exigidos.

En estos casos no comienza un nuevo período de deducción: se aplica únicamente la parte pendiente correspondiente al tiempo restante.

Cuando varios contribuyentes tengan derecho respecto del mismo menor tutelado, acogido o bajo guarda para convivencia preadoptiva, la deducción se reparte por partes iguales.

Cambios de situación durante el año

Los cambios personales, familiares o de Seguridad Social pueden modificar el derecho a la deducción o su abono anticipado. Si se está cobrando mediante el Modelo 140, las variaciones relevantes deben comunicarse a la Agencia Tributaria en un plazo de 15 días naturales.

Entre ellas se encuentran:

cambio de residencia al extranjero o al País Vasco o Navarra;

renuncia al abono anticipado;

cambio de régimen de la Seguridad Social o mutualidad;

pérdida del derecho al mínimo por descendientes respecto de alguno de los hijos.

No es necesario comunicar mediante este procedimiento que el hijo cumple tres años, el fallecimiento del beneficiario o descendiente ni determinadas bajas que ya consten en poder de la Agencia Tributaria.

Si se pierde el derecho al abono anticipado y después vuelve a cumplirse los requisitos, será necesario presentar una nueva solicitud mediante el Modelo 140 para volver a recibirlo.

Cualquier cambio que altere los meses con derecho o la persona beneficiaria debe reflejarse también al calcular el importe definitivo en la declaración del IRPF.

 

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Compatibilidad de la deducción por maternidad con el complemento de ayuda a la infancia del IMV

En 2026, la deducción por maternidad y el complemento de ayuda para la infancia (CAPI) del Ingreso Mínimo Vital no son, con carácter general, compatibles respecto del mismo hijo durante los mismos meses.

Desde el 1 de enero de 2023, no se genera derecho a la deducción por maternidad en los meses en los que alguno de los progenitores perciba el complemento de ayuda para la infancia por ese mismo descendiente. Por tanto, si una familia recibe el CAPI por un hijo, esos meses no se computan para calcular los 100 euros mensuales de deducción por maternidad correspondientes a ese menor.

Existe una excepción para situaciones anteriores a 2023. Si en 2022 ya se tenía derecho tanto a la deducción por maternidad como al complemento de ayuda para la infancia respecto del mismo hijo, ambos beneficios pueden seguir siendo compatibles mientras se mantengan el resto de los requisitos exigidos.

El complemento de ayuda para la infancia es una prestación diferente, vinculada al sistema del Ingreso Mínimo Vital y sujeta a sus propios límites económicos y patrimoniales. Puedes consultar los requisitos del complemento de ayuda a la infancia, conocer el funcionamiento del IMV y complemento a la infancia o revisar la información general sobre el complemento de ayuda para la infancia.

Si cumples las condiciones, también puedes consultar cómo solicitar el complemento de ayuda a la infancia y cuándo se cobra el complemento de ayuda para la infancia.

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